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Acciones civiles y penales en casos de violencia doméstica en Maryland

En Maryland, una persona podría ser acusada penalmente de agredir, acechar o acosar a su esposa, ex esposa, novia, ex novia, etc. Así es como un caso de violencia doméstica se convierte en un asunto penal. Es la relación entre el denunciante y el acusado lo que la definiría como una situación de violación doméstica. Hay un aspecto penal en las relaciones de violencia doméstica, pero hay una parte civil separada del sistema que aborda la violencia doméstica, y esas son órdenes de protección. . Hay ciertos matices en las acciones civiles y penales en los casos de violencia doméstica en Maryland que sólo una abogado experto en violencia doméstica podría explicar. Es por eso que las personas que han sido acusadas de delitos de violencia doméstica deben consultar a un abogado calificado que los guíe a través del proceso de acción penal.

Diferencia entre una acción civil y penal por violencia doméstica

Civilmente, una presunta víctima de violencia doméstica puede acudir al tribunal y solicitar una orden de protección, y eso podría terminar con que el denunciante obtenga una orden de prohibición de contacto por hasta un año contra su abusador. Una persona acusada podría en realidad tener dos casos diferentes tramitándose en el sistema judicial. Uno de ellos sería penal por haber sido imputado por agresión o algún otro tipo de delito en el que su cónyuge o su novia sea la denunciante. En una parte totalmente diferente del sistema judicial, se enfrentan al hecho de que se ha presentado una orden de protección en su contra y tienen que defenderse de la orden de protección o tienen que encontrar la mejor manera de resolver la orden de protección.

Propósito de las órdenes de protección

En un caso civil de violencia doméstica, que daría lugar a una orden de protección, el acusador le pide al tribunal que le otorgue una orden de prohibición de contacto y hay una sección completamente separada de la ley que permite a los tribunales hacer eso. Esas órdenes de protección pueden ser muy, muy detalladas, por lo que el acusador puede pedir que el acusado no tenga contacto con ellos, que no regrese a la dirección donde ambos viven y que no se le permita al acusado ir a la casa del acusador. lugar de trabajo o donde asisten a la escuela, etcétera. De hecho, las órdenes de protección pueden ir aún más lejos si las partes tienen hijos. Es posible que el tribunal otorgue la custodia temporal del niño y pueda limitar el tiempo que el acusado tendría con los niños.

Las órdenes de protección también pueden abordar el mantenimiento familiar de emergencia; por ejemplo, el acusador podría necesitar dinero para cubrir el alquiler y los servicios públicos. Realmente es sólo lo básico, pero esa orden puede exigir que el acusado le pague al acusador esta cantidad de dinero todos los meses. Por lo tanto, hay muchas partes diferentes de una orden de protección que el demandante podría solicitar. Esto es diferente de lo que podría estar sucediendo en la parte separada del sistema judicial, que es la parte penal. Si una persona quiere saber más sobre las acciones civiles y penales en los casos de violencia doméstica en Maryland, debe consultar a un abogado especializado en violencia doméstica que pueda responder sus preguntas.

Implicaciones de violar órdenes de protección

Hay sanciones que pueden imponerse tanto en el sistema civil como en el penal si el acusado se pone en contacto con el acusador. En el aspecto civil, se les declararía en desacato de la orden de protección del tribunal. Los tribunales pueden imponer sanciones cuando encuentran a alguien en desacato. Pueden exigir que la persona pague. Incluso pueden encarcelar a la persona. Existe un cargo penal totalmente separado por violar la orden de protección. Entonces, si el acusado se pone en contacto con el acusador y existe una orden de protección vigente, existen posibles sanciones. Por otro lado, el lado penal, si la persona tiene contacto con el acusador, es posible que se le revoque la vinculación y tendría que permanecer encarcelado hasta que su caso llegue a juicio.

Retiro de cargos en una acción civil por violencia doméstica

En la parte civil de las acciones civiles y penales en casos de violencia doméstica en Maryland, la persona que solicitó la orden de protección puede regresar al tribunal más tarde y solicitar que se modifique la orden de protección. También pueden pedir que se deje sin efecto. Ahora bien, si una persona da algunas razones bastante claras, los jueces retirarán las órdenes de protección, pero se muestran un poco escépticos cuando la gente acude al tribunal pidiendo que se modifique o retire. Sólo quieren intentar asegurarse de que eso no se haga debido a la presión del acusado. Sin embargo, el acusador tiene cierto control y cierta capacidad para retirar una orden de protección si así lo solicita al tribunal.

¿Qué pasa con las acciones penales por violencia doméstica?

La diferencia entre acciones civiles y penales en casos de violencia doméstica en Maryland es que en una acción penal, el acusador no pide nada. El acusado ha sido acusado de delitos y el acusador se ha convertido esencialmente en testigo del Estado. Lo que quieren de ese caso puede ser tomado en consideración por el fiscal, pero también puede no hacerlo porque es el fiscal quien tendrá la autoridad final para abandonar el caso, llevarlo a juicio u ofrecer un acuerdo de culpabilidad particular. Muchas veces, los fiscales han recibido capacitación muy específica sobre casos de violencia doméstica.

Saben que en casos como ese, la presunta víctima puede estar muy influenciada por el abusador. Si se trata de una verdadera relación de violencia doméstica, entonces saben que existe una enorme desigualdad de poder en esa relación y que es el abusador quien básicamente puede decirle al denunciante qué hacer y cuándo hacerlo. Cuando el acusador acude al fiscal y le dice que no quiere continuar con el caso, ese fiscal automáticamente comenzará a pensar en por qué decidió hacerlo y si el acusado está manipulando al acusado para que abandone el caso. A diferencia de las acciones civiles, la presunta víctima tiene muy poca autoridad para decidir cómo se desarrollará el caso.

En la parte penal de este caso, donde el acusado es acusado penalmente de agresión u otros cargos relacionados, el acusador realmente no está en posición de poder retirar los cargos porque sólo el fiscal puede presentar una demanda. nolle prosequi y desestimar el caso. Incluso si el acusador quiere retirar los cargos, el fiscal no tiene que escuchar los deseos del denunciante y aún puede continuar con el caso. La capacidad del acusador para opinar o determinar qué sucede con el caso es extremadamente limitada. Ahora bien, si las partes están casadas entonces existe el derecho del demandante a ejercer el privilegio conyugal, lo que significa que no se les puede obligar a ofrecer testimonio contra su cónyuge. Esa es realmente la única manera en que el acusador puede negarse a cooperar en un caso y básicamente negarse a dar evidencia alguna. Entonces, si están casados, hay un aspecto que debería considerarse.

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